19 Ago ¿QUÉ DOCUMENTOS DEBE ENTREGAR EL PROMOTOR DE UNA VIVIENDA AL COMPRADOR JUNTO CON LAS LLAVES?
El promotor además de las llaves también entregará al comprador la documentación que permita al usuario la efectiva ocupación de la vivienda y que le posibilite cumplir sus obligaciones sobre el uso, mantenimiento y conservación. Los documentos que debe recibir el comprador están regulados por la normativa en vigor. Vamos a enumerar aquí esos documentos, advirtiendo que todos ellos deben estar en manos del usuario antes de iniciar la ocupación efectiva de la vivienda y del edificio, a menos que parte de ellos hayan sido ya facilitados en el momento de la compraventa.Estos son los documentos:
– Plano de emplazamiento de la vivienda con el conjunto de datos que permita su identificación dentro del edificio o grupo de viviendas a que pertenezca.
– Planos de la vivienda y sus anejos, acotados y a escala mínima 1:100, entre los que se incluirán, como mínimo, el plano de planta de amueblamiento y los correspondientes al trazado real de sus instalaciones, con especificación de la superficie útil de la vivienda y sus anejos.
– Descripción de la vivienda y de sus anejos, así como de sus redes eléctrica, de agua, saneamiento, gas, térmica, electromecánicas y de telecomunicaciones, y de los aparatos, equipos y sistemas de protección contra incendios, con el grado de definición determinado en la normativa vigente en materia de vivienda.
– Descripción general del edificio o urbanización en la que se encuentra la vivienda, de las zonas comunes y de los servicios accesorios, con el grado de definición determinado en la normativa vigente en materia de vivienda.
– Referencia que permita conocer de forma concreta, precisa y objetiva, la calidad de los materiales de construcción, de las unidades de obra y de las instalaciones de los servicios de todo tipo, tanto individuales como comunitarios
– Cargas y servidumbres que puedan pesar sobre la vivienda, sus instalaciones o accesos a la misma.
– Datos identificadores de la inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad, así como de sus cargas a la fecha de la facilitación de la información. En caso de no estar inscrita, se mencionará este dato expresamente, recogiéndose entonces los datos de inscripción del solar sobre el que se ha edificado la vivienda y sus cargas.
– Cédula de la calificación definitiva, si se trata de Vivienda Protegida.
– Licencia de primera ocupación.
– Boletín de la instalación de agua potable.
– Boletín de la instalación de energía eléctrica o certificado de la instalación diligenciado por el Órgano competente de la Comunidad Autónoma, junto con las instrucciones de uso y mantenimiento, documentos propios de la instalación y esquema unifilar de la misma.
– Certificado de la instalación de gas, cuando el edificio esté dotado de esta instalación.
– Certificado de la instalación de telecomunicaciones.
– Sólo cuando la potencia térmica nominal de una instalación, en generación de calor o frío, sea mayor de 70 Kw, o sea mayor o igual de 5 Kw y menor o igual que 70 kW:
• Proyecto (en el primer caso) o memoria técnica de la instalación realmente ejecutada.
• Manual de Uso y Mantenimiento de la Instalación.
• Relación de los materiales y equipos instalados en la que se indiquen sus características técnicas y de funcionamiento, junto con la correspondiente documentación de origen y garantía.
• Los resultados de las pruebas de puesta en servicio realizadas.
• Certificado de la instalación registrado en el Órgano competente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
• Certificado de la inspección inicial, cuando sea preceptivo.
– Copia del Certificado de Eficiencia Energética del Edificio terminado.
Para actuaciones en caso de emergencia:
– Descripción de las medidas de seguridad contra incendios con que cuente el inmueble.
– Instrucciones sobre evacuación del inmueble en caso de emergencia.
Junto con estos documentos, también debe recibir el usuario:
– Relación de compañías suministradoras y comercializadoras, en su caso, con los datos suficientes sobre ellas, que permitan al usuario establecer contacto para la contratación de los servicios.
– Relación identificativa de los agentes que han intervenido durante el proceso de edificación (promotor, proyectista –arquitecto, arquitecto técnico, constructor, suministradores, entidades y laboratorios de control de calidad).
Por otro lado, el promotor debe trasladar al usuario:
– Garantías, debidamente selladas, facilitadas por los fabricantes o suministradores, sobre aparatos, máquinas y equipos de que está dotada la vivienda.
– Garantías y seguros que viniesen obligados por las estipulaciones contractuales.
Y para terminar:
– Instrucciones para el uso, mantenimiento y conservación, integradas por:
– Manual Particular para el Uso, Mantenimiento y Conservación.
– Manuales, en su caso, de determinadas instalaciones dispuestas en su vivienda.
– Manuales e instrucciones de los equipos, máquinas y aparatos instalados en su vivienda.
– Copia de la póliza de seguro contra incendios, caso de estar vigente en el momento de la entrega de la vivienda, si tiene hipoteca.
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