¿Puede mi banco embargar y subastar otros bienes a mi nombre además del piso hipotecado en caso de impago?

¿Puede mi banco embargar y subastar otros bienes a mi nombre además del piso hipotecado en caso de impago?

Sí que puede. En la generalidad de los casos, los contratos de préstamos a personas físicas firmados con entidades bancarias contienen la facultad de que el banco pueda elegir cualquiera de los bienes presentes o futuros del deudor a la hora de recobrar la deuda. Así pues, el banco puede ir contra el inmueble hipotecado, y también contra otros bienes si con el primero no alcanza a cubrir la deuda, e incluso tambien ir contra esos otros bienes en lugar del inmueble hipotecado.

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