La nueva reforma de la Ley en Andalucía amplía el plazo de prescripción de las ilegalidades urbanísticas de 4 a 6 años

La nueva reforma de la Ley en Andalucía amplía el plazo de prescripción de las ilegalidades urbanísticas de 4 a 6 años

Townhouses, Mayan RivieraSe modifica el apartado 1 del artículo 185, de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, que queda redactado del siguiente modo:

«1. Las medidas, cautelares o definitivas, de protección de la legalidad urbanística y restablecimiento del orden jurídico perturbado previstas en este capítulo sólo podrán adoptarse válidamente mientras los actos estén en curso de ejecución, realización o desarrollo y dentro de los seis años siguientes a su completa terminación.»

Es decir que la Administración municipal, o supramunicipal competente podrá a partir de ahora actuar contra obras ilegales en un plazo de seis años desde que se hayan ejecutado, ampliándose así el plazo que hasta ahora era de cuatro años.

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