14 Ene ¿ES CIERTO QUE SI ALQUILO MI CASA POR MÁS DE 5.800 EUROS AL MES NO TENGO OBLIGACIÓN DE CUMPLIR CON LA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS?
Pues sí; es cierto. La Ley de Arrendamientos Urbanos vigente (LAU) tiene, como excepción a la obligatoriedad de sus artículos sobre alquiler de viviendas, los arrendamientos de las denominadas viviendas de lujo o suntuarias. O sea que la voluntad de las partes no queda restringida por las normas de la LAU art.6 a 28, sino que estas son solamente supletorias de las cláusulas que dichas partes convengan libremente.
Se considera que el arrendamiento es de este tipo cuando:
– la vivienda tiene una superficie superior a los 300 m2; o
– la renta anual pactada al inicio del contrato es superior a 5,5 veces el salario mínimo interprofesional anual.
Para que este esta excepción a la LAU sea aplicable, el alquiler debe ser de la totalidad de la vivienda.
Esta regla sobre viviendas suntuarias, se recupera ahora después de haber estado suprimida con efectos 6-6-2013, resultando aplicable a los contratos anteriores a dicha fecha y también a los firmados entre 19-12-18 y 23-1-2019 y también a todos los firmados desde 6-3-2019.
El salario mínimo interprofesional (SMI ) para 2019 se ha fijado en 12.600 euros [:]
Sorry, the comment form is closed at this time.